Aguinaldo, derecho ganado

Fuente: http://www.vanguardia.com.mx/aguinaldo,_derecho_ganado-84491.html

Como trabajador, usted está a pocos días de recibir el ansiado pago extraordinario que legalmente debe pagar todo patrón: el aguinaldo. Esta prestación fue creada en 1970, con el propósito de ayudar a los trabajadores a solventar -en parte- los gastos y compromisos propios de la temporada navideña. De esta manera, no tendrían que destinar parte de su ajustado salario a la compra de regalos, alimentos, bebidas y otros artículos habituales en las fiestas decembrinas.

Enseguida trataremos de aclarar sus dudas, dando respuesta a las preguntas que con más frecuencia se presentan respecto a este tema.

1) ¿Qué es el aguinaldo?
Es un “sueldo adicional” que todo patrón debe pagar a sus trabajadores, de cualquier clase que sean y cualquiera que sea la forma en que desempeñen sus labores y en que se les pague regularmente el salario. Es una prestación laboral independiente de las demás prestaciones legales a favor de los trabajadores; por lo tanto, el patrón no puede alegar dificultades económicas de la empresa ó la falta de utilidades, con la intención de no pagar el aguinaldo o de reducir su importe.

2) ¿Quiénes tienen derecho a recibir aguinaldo?
Todos los trabajadores sujetos a una relación de trabajo, conforme al tiempo que hayan laborado, cualquiera que éste fuera. No importa si el trabajador es de confianza o sindicalizado, o si labora mediante contrato de planta o eventual; todos tienen el mismo derecho a recibirlo. En el caso de los trabajadores que se dedican a las ventas y no tienen un salario fijo mensual, su aguinaldo deberá calcularse con base en el promedio de los ingresos percibidos, y dividirlo entre los días laborados.

3) ¿Cuándo debe pagarse el aguinaldo?
Según lo estipulado en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, deberá pagarse antes del 20 de diciembre de cada año.

4) ¿Cuántos días de aguinaldo deben pagarse?
La ley obliga al patrón a que el monto del aguinaldo sea, cuando menos, el equivalente a 15 días del salario vigente en el momento del pago.

5) ¿Cómo se paga el aguinaldo?
El pago deberá hacerse en días y horas hábiles y dentro del establecimiento donde labora el trabajador.

6) ¿Pueden hacerse descuentos al aguinaldo?
No. Los descuentos están prohibidos, a menos que se trate de deudas que el trabajador contrajo con el patrón a cuenta del aguinaldo, o por pagos efectuados por error al trabajador.


7) ¿Qué pasa si el trabajador todavía no cumple un año en su trabajo?
Los trabajadores que no hayan cumplido un año de servicio, independientemente de que se encuentren laborando o no a la fecha de pago del aguinaldo, tendrán derecho a una parte proporcional del mismo, según el tiempo que hubieran trabajado. Igual derecho tienen los trabajadores que hayan laborado a plazo fijo (por temporada, ocasional ó accidental) o por obra determinada. 

8) ¿Qué sucede si el patrón no paga el aguinaldo?
Si no lo paga, se atrasa ó lo paga incompleto, se le considerará una retención indebida del salario, y estará incurriendo en una falta grave a las obligaciones del contrato. Además, se hará acreedor a una multa legal, según los prejuicios que ocasione y el número de trabajadores que resulten afectados.

9) ¿El trabajador puede perder el derecho a recibir el aguinaldo?
No. El derecho al aguinaldo no se pierde, mientras el contrato de trabajo esté vigente. Sí. Se puede perder, si pasa un año o más después de terminado el contrato o la relación laboral, por cualquier motivo que el cese haya ocurrido. Es decir, en caso de que el aguinaldo no se cubra, no se llegue a pagar totalmente o se cubra en una cantidad menor, el trabajador tendrá un año para reclamarlo, contado a partir del 20 de diciembre del año de que se trate, de acuerdo con el artículo 516 de la Ley Federal de Trabajo. 

10) ¿Qué pasa si el trabajador, durante al año, estuvo incapacitado por enfermedad?
Hay dos factores que afectan el aguinaldo que recibe el trabajador:
a) Cuando el trabajador presenta una incapacidad por enfermedad general no profesional. En este caso, para calcular el aguinaldo no se toma en cuenta el tiempo que el trabajador estuvo incapacitado por enfermedad, ya que se considera que en ese período no recibió salario del patrón, sino del IMSS, ISSSTE o alguna otra institución de seguridad social. 
b) Cuando su contrato de trabajo se suspende “sin goce de sueldo”. En este caso, no importa si la suspensión se ocasionó por un permiso que él mismo solicitó, por una sanción aplicada por el patrón, por faltas injustificadas, etc. Tomando en cuenta estas situaciones, el trabajador sólo tiene derecho al aguinaldo sobre el tiempo que sí percibió salario. 

11) ¿Qué sucede si una trabajadora tuvo una incapacidad por maternidad?
En este caso, las trabajadoras tienen derecho a recibir su aguinaldo íntegro, ya que las sumas que haya percibido durante el período de su incapacidad se consideran, para todos los efectos legales, como salario.

12) ¿Tiene el mismo derecho el trabajador que sufrió un accidente?
Los trabajadores víctimas de un accidente o riesgo de trabajo, estén asegurados o no, se consideran como trabajadores en activo durante el período que dure la incapacidad temporal. Por esta razón, también tendrán derecho a recibir su aguinaldo íntegro, al igual que los trabajadores incapacitados por enfermedades profesionales.
13) ¿Debo pagar impuesto por el aguinaldo?
El aguinaldo sólo causa impuesto cuando la cantidad exceda al equivalente a 30 días de salario mínimo general o profesional del área geográfica del contribuyente.

14) ¿Dónde puedo recibir asesoría gratuita acerca del aguinaldo?
Si el trabajador tiene dudas acerca del pago de sus prestaciones, puede acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, ó a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. 


Reflexione acerca de cómo va a utilizar este ingreso adicional. Es conveniente que lo distribuya de la manera más adecuada, tratando de cubrir aquellas necesidades personales o familiares que requieran mayor atención. Recuerde que antes de caer en la tentación de darse gusto comprando y agasajando a amigos y familiares, es importante prever y planear los gastos.