Secretaría de Pensiones y Jubilaciones
PROFR. JORGE ARMANDO GALLARDO
Secretario
Correo electrónico: jorgegallardo@seccion37.com.mx
TEL: 5-66-54-81 y 5-66-50-95 Ext.35
ASISTENTES OPERATIVOS
SECRETARIA EJECUTIVA |
PROFR. HECTOR LEONEL ANAYA LASCANO
PROFR.
JESUS CARDIEL BARAJAS VERONICA SILVA CABADA |
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Comunicados
Paquetes de Jubilados
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Primer paquete de Jubilados y Pensionados ( 1ro. de mayo del 2002) |
Segundo Paquete de Jubilados y pensionados (31 de Agostode 2002) |
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Tercer paquete de Jubilados y Pensionados (Octubre de 2002) |
Relación de expedientes para valoración médica
Formatos para la realización de diversos trámites
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1.Indemnización global 2.Pensión por Viudez y orfandad 3Jubilación 4.Reconocimiento de antiguedad 5.Solicitud de descuentos a jubilados 6.Solicitud de jubilación
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COMPAÑERO TRABAJADOR:
Durante el pasado XXV Congreso Seccional Extraordinario realizado en la Cd. de Mexicali, B.C. los días 17, 18, 19 y 20 del año próximo pasado, donde resultó electo por mandato estatutario el Comité Ejecutivo Seccional que habrá de regir los destinos de nuestra Organización Sindical durante el periodo 2001-2004, me correspondió en suerte ocupar la titularidad de la Sría. de Pensiones y Jubilaciones, dentro del actual Comité. El reto sé perfectamente que no es fácil, sin embargo te aseguro que haré mi mayor esfuerzo para sacar adelante el trabajo de esta Secretaría.
Aprovecho a nombre de mis compañeros, Hector Leonel Anaya Lazcano y Jesús Cardiel Barajas,
Coordinadores Estatales de esta Secretaría, así como del mío propio, hacerte extensivo un saludo y darte una cordial bienvenida a este espacio de comunicación esperando te sea un verdadero vínculo de información, deseando te sea de utilidad.
A t e n t a m e n t e
Profr. Jorge Armando Gallardo
Srio. de Pensiones y Jubilaciones
¿Qué funciones corresponde realizar a esta Secretaría?
Como lo establece el titulo de la misma, esta secretaría le corresponde realizar los trámites de los compañeros que al cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 de la Ley de ISSSTECALI, deseen hacer uso de su derecho a la jubilación,
dando seguimiento ante las dependencias de gobierno y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California
(ISSSTECALI), a fin de que el desarrollo del trámite llegue a un feliz termino.
Otra función primordial que realiza esta Secretaría es
tramitar ante las dependencias mencionadas en el párrafo anterior, el trámite de la pensión por Edad y Tiempo, contemplada en la Ley de ISSSTECALI en los Artículos del
68 al 74, mismos en los que se establecen los requisitos que deben reunirse para poder disfrutar de este beneficio, entre los cuales sobresale el haber cumplido como mínimo 55 años de edad y 15 años de haber cotizado al Instituto. Un
aspecto de mucha importancia que debes conocer si es tu deseo es gozar de este tipo de pensión, es lo que se establece en el artículo 70 de la Ley de ISSSTECALI en donde se da a conocer de la tabla de computo en la que especifica el cálculo de porcentaje que se aplicara al salario para pago de pensión.
Otro trámite que corresponde realizar a esta secretaría es la
Pensión por Invalidez considerada en la Ley de ISSSTECALI en los artículos del 75 al 80 de la cual se podrá disfrutar siempre y cuando se haya cotizado al Instituto durante un mínimo de 15 años tal y como lo
señala el artículo 75 de la Ley en cuestión.
La pensión por causa de muerte, es otro de los aspectos que a
tu servidor, como titular de la Secretaría, con el auxilio de mis compañeros operativos nos corresponde darle seguimiento. Este tipo de pensión es variable acorde a la o las personas consideradas como beneficiarias por el asegurado
y se establece en los artículos del 81 al 87, siendo divididas de la siguiente forma:
a) Pensión por viudez.- De la que pueda
gozar la esposa, o a falta de esposa la mujer con la que el trabajador hubiese vivido durante los últimos 5 años.
b) Pensión por orfandad.- Que beneficia a los hijos del asegurado siempre y cuando estos sean menores de 18 años y hasta los 25 años siempre y cuando se encuentren estudiando.
c) Pensión por Ascendencia.- Beneficio aplicable a los padres del asegurado, siempre y cuando se cumpla con los requisitos.
La salud física y mental es parte fundamental para el buen desarrollo de nuestra labor como maestro, por esa razón, es
preocupación primordial de nuestra Organización velar por tu salud, sin embargo, cuando por situación propia de nuestra naturaleza biológica o accidentes ajenos a nuestra voluntad nuestra salud se ve deteriorada, tiene derecho a
solicitar tu valoración clínica a fin de que de ser procedente, se te dictamine tu Cambio de Actividad o Incapacidad, sea esta indefinida o temporal.
Finalmente la última de las atribuciones de esta Secretaría es el de la solicitud de la Indemnización global, misma que
se puede reclamar al momento de presentar la renuncia voluntaria a los nombramientos que ostenta, dejando en claro, que solo corresponde a quienes estamos en la conducción de esta Secretaría, dar inicio al trámite, debiendo dar seguimiento al mismo, el interesado.
Espero que la información que por este medio te hago llegar te sea de utilidad, comprometiéndome a incluir
posteriormente y de manera constante algunos aspectos que se consideren de importancia y que tu le puedas dar la utilidad que consideres.
A T E N T A M E N T E
PROFR. JORGE ARMANDO GALLARDO
SRIO. DE PENSIONES Y JUBILACIONES