La lucha por ISSSTECALI

Profr. Ignacio Montes Cárdenas

No pudimos ser:

la Tierra no pudo tanto.

No fuimos lo que se propuso el Sol

en un anhelo remoto.

Miguel Hernández. Poeta español.

 

No tenemos aún todas las piezas del rompecabezas: nos falta conocer la reforma al artículo 99 constitucional, la nueva Ley de ISSSTECALI y sus leyes reglamentarias. Sólo tenemos el dicho del Profr. Enrique Meléndez Pérez, Enviado Especial del CEN del SNTE a estas tierras bajacalifornianas. Esperamos que el maestro Enrique sea objetivo a pesar del cargo que ostenta.

La primer pregunta: ¿El Gobierno del Estado logró acabar con nuestra jubilación dinámica? Si nos referimos solamente al último sueldo con el que hasta ahora nos jubilábamos, la respuesta es afirmativa, aunque hay que decir que parte de la generación en transición de jubilarse lo puede hacer de la antigua manera. Hay que comentar que las pensiones con la nueva Ley crecerán en la misma proporción que el Índice Nacional de Precios al Consumidor, es decir, seguirán siendo dinámicas, pero con un monto menor al salario de los trabajadores en activo, ya que se partirá de una base de cálculo menor debido al salario regulador que consiste en el promedio salarial de los tres últimos salarios que se percibieron (aproximadamente el 6% de pérdida salarial con respecto al último salario) o el promedio de los últimos diez años de salarios, para la nueva generación (entendida como los maestros contratados con la nueva Ley de ISSSTECALI), que perderán aproximadamente el 20% del último sueldo. Es necesario agregar que con la Ley del ISSSTE, si el INPC es menor a los aumentos salariales, entonces se toma el índice de aumento salarial, situación que no ocurrirá con nuestras pensiones. Es importante recordar que, en los últimos años, los aumentos salariales han superado ligeramente a los índices de inflación. De no corregirse esta situación, las pensiones tenderán a caer respecto a los salarios de los trabajadores en activo.  Aquí se está aplicando de manera retroactiva para la generación actual los tres salarios mínimos como salario regulador, lo cual tiene un carácter inconstitucional, que puede demandarse por vía jurídica por los maestros afectados.

Para decirlo con palabras de mi compañera de vida, los futuros maestros, que a su vez serán futuros sindicalistas, no tienen quien los defienda.

El aguinaldo para los jubilados seguirá siendo de 40 días, como lo marca la actual Ley de ISSSTECALI, añadiéndose 20 días de ahorro del trabajador, permitirá recibir, en los hechos, 60 días de aguinaldo. Hubiese sido una total aberración para la Sección 37 del SNTE y el SETE que cedieran a un doble trato: uno para los activos y otro para los jubilados. En el aire parecieran quedar los bonos: ¿Se los llevarán los activos cuando se jubilen? Para los actualmente jubilados, el ISSSTECALI y el Gobierno del Estado nos han despojado del bono anual de $2,000.00 entregado a los activos, pero negado para los jubilados, con la afirmación de que “no era para los jubilados, sólo para los activos”. Al Gobierno del Estado, al ISSSTECALI y, al parecer, a los dirigentes seccionales y nacionales del SNTE, se les olvidó que conforme al artículo 15 de la Ley de ISSSTECALI, todas nuestras prestaciones permanentes son parte de nuestro salario y, por ende, de nuestra pensión.

Aproximadamente dos mil compañeros participamos en la defensa de nuestra jubilación dinámica, pero habemos más de 21 mil maestros estatales (según ISSSTECALI). Con otras palabras, sólo uno de cada diez maestros nos movilizamos para defender nuestros derechos. Los demás, prefirieron quedarse en sus escuelas o en sus casas. De habernos movilizado la mayoría, tendríamos resultados mejores: ¿No le parece, amable lector?

Algo hemos aprendido: si quieres que los problemas se resuelvan, es necesario tomarlos en nuestras propias manos.

Tijuana, B. C., 26 de diciembre de 2014

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